Constitución de empresa
Nuestro Servicio de Constitución de Empresas se caracteriza por lograr: en un corto tiempo, a un costo por debajo del mercado, en forma eficiente y sin mayores trámites para el empresario, la inserción a la formalidad de las unidades productivas. Para tal efecto brindamos también, la asesoría respectiva al empresario, a fin que pueda elegir la forma empresarial más adecuada para la actividad que va a realizar.
Con nosotros tu empresa sube para arriiiiiiiva!!!!

- Servicio Contable
- Registro de OSCE
- Registro Mype
- Fiscalización SUNAT
Servicios relacionados de Constitución
- Administración de Planilla
- Capacitaciones tributarias.
- Registro de Marca en Indecopi
CARACTERÍSTICAS Y COSTOS DEL SERVICIO DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS
Si va iniciar el trámite de constitución de empresas, a través de nuestra web, sírvase seguir las siguientes instrucciones.
Sírvase llenar la hoja de datos adjunta (bajar formulario).
Envíenos la hoja de datos a nuestra dirección electrónica estudio contable sercofi

CARACTERÍSTICAS Y COSTOS DEL SERVICIO DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS
Nuestro producto Constitución de Empresas se caracteriza por lograr en un corto tiempo, a un costo por debajo del mercado, en forma eficiente y sin mayores trámites para el empresario, la inserción a la formalidad de las unidades productivas.

CARACTERÍSTICAS DE LOS TIPOS DE EMPRESA
LO QUE DEBES SABER PARA FORMAR UNA EMPRESA:
EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – E.I.R.L
Conformado por una sola persona
SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – S.A.C
Se constituye como mínimo con dos personas y puede llegar a tener hasta 20 socios como máximo
Los Socios no Responden con su patrimonio personal. Tienen responsabilidad limitada.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – S.R.L
Se constituye como mínimo con dos personas y puede llegar a tener hasta 20 socios como máximo.
Los Socios no Responden con su patrimonio personal. Tienen responsabilidad limitada.
SOCIEDAD ANÓNIMA – S.A.
Se constituye como mínimo con dos personas.
Los Socios no responden con su patrimonio personal. Tienen responsabilidad limitada.
Órganos Administrativos:
SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA – S.A.A
Se constituye:
– Cuando se ha hecho oferta pública primaria de acciones o de obligaciones convertibles en acciones.
SOCIEDADES CIVILES
Las Sociedades Civiles pueden ser:
– Sociedades Civiles Ordinarias- “S. Civil”.
– Sociedades Civiles de Responsabilidad Limitada- “S. Civil de R.L.”
Se constituye como mínimo con dos personas.
Los Socios responden en forma solidaria e ilimitada con su patrimonio por las obligaciones de la sociedad. Esta responsabilidad es subsidiaria pues, los socios gozan del beneficio de excusión.
ACUERDOS Y MODIFICACIONES DE ESTATUTO
La transferencia de acciones es un trámite que debe seguir cierta formalidad, de conformidad con las normas contenidas en la Ley General de Sociedades para las Sociedades Anónimas (Ordinarias, Cerradas o Abiertas) . Esta formalidad dependerá del tipo de modalidad de sociedad anónima que se trate para el caso en particular. La sola transferencia de acciones no es susceptible de ser inscrita en el registro de personas jurídicas.
La transferencia de participaciones es un trámite cuya formalidad es rigurosa de acuerdo con las normas contenidas en la Ley General de Sociedades para las Sociedades de responsabilidad Limitada ( S. R. L. ). La transferencia de participaciones debe ser inscrita en el registro de personas jurídicas, por lo que supone una modificación de los estatutos.
El aumento de capital consiste en la realización de nuevos aportes, en bienes o en efectivo a favor de la sociedad, que incrementan su economía a cambio de la entrega a los aportantes de nuevas acciones y / o participaciones o del aumento del valor nominal de las acciones y / o participaciones. En la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada –EIRL- también procede el trámite del aumento de capital.
La Reducción de capital social consiste en la reducción de la cifra del capital social con los requisitos y formalidades establecidos por la ley. En la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada –EIRL- también procede la reducción del capital. En el caso de las sociedades se requiere que la reducción de capital, cuando es voluntario, este aprobado por socios que representen el 66.66% del capital de la empresa, en primera convocatoria, o el 60% en segunda convocatoria. De estar de acuerdo la totalidad de los socios, no es necesario efectuar convocatorias.(Junta Universal).
Cualquier tipo societario puede modificar su Objeto Social sea reduciéndolo, o ampliándolo. Para este tipo de trámite se requiere efectuar la modificación de los estatutos siempre que se cuente con la aprobación de socios que representen las 2/3 partes del capital en primera convocatoria o al menos 3/5 en segunda convocatoria.
El nombramiento, remoción y/o ratificación de gerentes, directores, apoderados se sujeta a un trámite de carácter formal señalado en la Ley. En el caso de las sociedades el acuerdo debe ser adoptado por los miembros del directorio o los miembros de la junta general de socios o accionistas de la empresa de conformidad con el quórum establecidos en la ley o el estatuto.
Este trámite supone el cambio del nombre de la empresa sea que se trate de una razón social o de una denominación social. Este trámite implica una modificación de estatutos por lo que el acuerdo deberá ser aprobado por el socio o socios que representen el 66.66% del capital de la empresa en primera convocatoria o el 60% en segunda convocatoria.
La Adecuación de Sociedades es un trámite de carácter obligatorio que debe ser realizado por todas aquellas empresas constituidas antes del 01 de Enero de 1998 y que lo hicieron bajo cualquiera de las formas societarias reguladas en la Ley General de Sociedades.
La Adaptación es un trámite que se realiza cuando una Sociedad Anónima Ordinaria quiere adoptar la forma legal de una Sociedad Anónima Cerrada o viceversa. El trámite supone una modificación de estatutos.
Este tipo de empresas se encuentran reguladas por Ley N° 27626 – Ley que Regula la Actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores y lo requerido por la Dirección de Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción Social.
REQUISITOS
- Copia del testimonio de la Empresa EIRL.
- Copia Literal Actualizada de SUNARP.
- Libro Legalizado de la EIRL.
- Copia DNI de titular de la EIRL y de los nuevos socios.
- Copia Informativa de Registros Públicos de la partida registral de la EIRL.
- Monto de aporte de capital del nuevo socio.
ACUERDOS Y MODIFICACIONES DE ESTATUTO
ASESORÍAS ESPECIALIZADAS
ASESORÍAS ESPECIALIZADAS
Las Asociaciones son organizaciones estables de personas naturales o jurídicas o ambas, con la finalidad de realizar una actividad en común sin fines lucrativos.
Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial DS Nº 013-2013.
Mediante este servicio brindamos al segmento de la micro y pequeña empresa, la información y asesoría necesaria para que estas puedan acogerse al régimen laboral especial para las Mypes, contratando formalmente a sus trabajadores y reduciendo los sobrecostos laborales.
La Disolución y Liquidación es un proceso que tiene por finalidad lograr que una empresa salga ordenadamente del mercado.
Este trámite puede lograrse al amparo de La Ley General de Sociedades (Ley Nª26887), el Decreto Ley 21621- Ley de las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada- y/o la Ley General del Sistema Concursal (Ley Nª 27809).
Una de las finalidades de los Procedimientos Concursales es la de permitir a aquellas empresas viables que se encuentren en una situación de crisis coyuntural (Insolvencia Provisional), el poder negociar con sus acreedores un plan de reprogramación de pagos que les permita cumplir con sus obligaciones pendientes, pudiendo lograr para ello una reducción en la tasa de interés, plazos mayores, periodos de gracia, etc.
ÁREA CIVIL Y PROCESAL CIVIL Consultas sin costo alguno en nuestras oficinas, previa cita, a fin que pueda recibir asesoría especializada a través de nuestros abogados.
ÁREA LABORAL Consultas sin costo alguno en nuestras oficinas, previa cita, a fin que pueda recibir asesoría especializada a través de nuestros abogados.
ÁREA PENAL Amplia experiencia en el área penal, brindando asesoría especializada en las distintas modalidades tipificadas en el Código Penal.
Brindamos Asesorías a Empresas Extranjeras que necesiten aperturar nuevas empresa en Perú: Filiales, Sucursales u Oficinas de Representación, asesorándolos, respecto a los aspectos legales, tributarios y de mercado a fin que los objetivos de inversión se cristalicen eficientemente.
- LEY MYPE
- LEY QUE NORMA LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
- LEY GENERAL DE SOCIEDADES
- LEY QUE MODIFICA ARTÍCULOS DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY GENERAL DE MINERÍA
- LEY ARBITRAJE
- LEY GENERAL DE ADUANAS
500
Negocios constituidos con SERCOFI desde el 2010
A los 5 días hábiles
Por la pandemia, el proceso previo de validación de información se realiza virtual. Los Socios solo se acercaran a la Notaría una sola vez de manera presencial para firmar el Acto Constitutivo y Escritura Pública de Constitución de su Empresa en la Notaría.
Al día Siguiente
Se confirmará el Nombre Reservado ante Registros Públicos.
A los 5 días hábiles
Después de la firma se hará entrega de la Escritura Pública de Constitución de su empresa, inscrita en Registros Públicos + Ficha RUC + Clave Sol.
Como Constituir mi Empresa???
- Trámite de Reserva de Nombre en Registros Públicos
- Asesoría para elegir el tipo de Empresa a Constituir. (SAC, SRL ó EIRL).
- Trámite de su RUC.
- Pago de Derechos Notariales.
- Trámite de su Clave Sol.
- Pago de Derechos Registrales.
- Entrega de Testimonio de Constitución de su Empresa.
- Honorarios por Gestión de la inscripción de su Empresa en Registros Públicos.
- Pago de Honorarios por la elaboración del Acto Constitutivo.
- Asesoría y gestión para Activar su RUC.
- Por el único pago de S/ 600.00
- TE ENTREGAMOS Tu Testimonio de Constitucion Clave Sol+ Ficha RUC Sunat.
- TE ORIENTAMOS A que tipo de regimen Correspondes
- TE AYUDAMOS A decidir que tipo de empresa constituir
Constitución de Empresa
Preguntas Frecuentes
Si, el único pago que realizas es de solo S/ 599 soles, el cual incluye todos los gastos. No se realiza ningún pago adicional, pero debe considerar lo siguiente:
- El importe del capital, o aporte en efectivo y bienes, no debe superar los S/ 10,000.00 (Diez Mil con 00/100 Soles).
- No se debe tener más de un (01) gerente .
Si el capital de tu empresa es superior a los S/.10,000.00, o tienes la necesidad de más de (01) un gerente o sub-gerente adicional, también podemos ayudarte.
Los requisitos son:
- Nombre completo y número de DNI de los Socios, añadir nombre completo y número de DNI de los cónyuges de estar casados.
- Distribución porcentual de acciones entre los socios.
- No tener más de 1 Gerente o Sub-Gerente
- De 2 a 3 nombres propuestos para su Empresa.
- Dirección con la que se va a registrar la empresa. (No requiere Recibo Original de Agua).
- Importe de Capital Social (Máximo de hasta S/10,000), se recomienda constituir con un mínimo de S/100.00, puede contactarse con nosotros si desea aportar más.
- No contar con multas de la ONPE por no votar, visite www.onpe.gob.pe para consultar.
El pago se realiza una vez remitida la solicitud del servicio de constitución, para lo cual enviaremos las cuentas donde puede depositar. En caso de alguna dificultad, puede dejar el 50% de adelanto, pero debe cancelar todo antes de realizar la firma en la Notaría.
Un extranjero sí puede constituir una empresa en Perú, pero en los escenarios siguientes:
- Si tiene solo Pasaporte, solamente podrá ser socio de la empresa.
- Si tiene Pasaporte y Carnet de Extranjería, podrá ser Socio y Gerente General.
Para ambos casos, se debe solicitar en Migraciones el permiso para firmar documentos en Perú.
No hay importe mínimo, pero recomendamos el importe de S/100 soles
Pueden ser:
- Mercadería.(Describir el inventario al aportar)
- Equipo (Computadoras, máquinas, etc.)
- Muebles (Escritorios, etc).
- Enseres.
- Etc.
No necesitas facturas de los aportes, solo el detalle de los bienes, e indicar por cada Equipo que aporte, de manera OBLIGATORIA, la Marca, Serie y Modelo.
No es necesario, se prepara una declaración jurada, la cual se firma el día que se acude a la notaría. Si prefieres hacer el depósito del aporte, nos confirma para coordinar con la Notaría. La apertura de cuenta corriente se realiza en cualquier banco, donde nos entregarán un voucher de depósito.
Trabajamos con Notarías ubicadas en Miraflores. Nosotros confirmamos con anticipación la dirección exacta.
Todavía no, pero puede optar por constituir la empresa en Lima, y luego sacar el RUC y activarla en el lugar donde va a funcionar su Negocio.
Recomendamos que asistan todos los socios juntos el mismo día con la finalidad de que firmen todos los documentos, incluido la Escritura Pública. De no estar todos los socios se implicaría que no pueden firmar la Escritura Pública, por lo que tendrían que regresar otro día a la Notaría.

- El Importe de Capital Social (Máximo es hasta S/.10, 000), si desea aportar mas, puede contactarse con nosotros (No es necesario depositar el capital en una CUENTA BANCARIA).
- El pago cubre hasta un gerente, si desea tener mas gerentes puede contactarnos.
- No tener multas en la ONPE por no votar, visite www.onpe.gob.pe para saber si las tiene; de tener multas contactenos.
- No hay un mínimo de aporte, recomendamos constituir con un importe mínimo de S/.100.00
- 2 a 3 nombres propuestos para su EMPRESA.
- La distribución porcentual de acciones entre los socios.
- Indicar la Dirección con la que se va a registrar la empresa. (No se requiere Recibos Original de Agua).
Lucie Anderson

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